En este artículo te explicaremos de forma simple y rápida cómo calcular el reajuste de un arriendo según dos de las fórmulas más utilizadas: la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) y la Unidad de Fomento (UF).
Primero queremos mencionar algo muy importante:el reajuste del valor de un arriendo debe estar en el contrato de arrendamiento.
Antes de sacar la calculadora, saca tu contrato de arriendo y revisa cómo se estableció el reajuste.
Reajuste según variación del IPC
El Índice de Precios al Consumidor sirve, entre otras cosas, para saber cuánto han cambiado los precios de los bienes o servicios. Lo calcula el Instituto Nacional de Estadísticas haciendo un promedio del costo de una serie de productos denominados“canasta básica”.
Para calcular el reajuste según IPC basta con un lápiz y un papel, pero vamos a ofrecerte una solución aún más simple: Una calculadora de variación del IPC.
Para usar esta herramienta sólo necesitas tres datos:
- El inicio del período de cálculo
- El fin del período de cálculo
- El monto de dinero de arriendo en esos meses
Para calcular cuánto variará tu arriendo según el Índice de Precios al Consumidor (IPC) sólo debes seleccionar esos tres datos en la calculadora de IPC. Luego haz click en “Calcular”.
La calculadora te entregará dos datos:
- Cuánto ha variado el IPC en los meses que seleccionaste
- Cuánto será el valor reajustado de tu arriendo.
Por ejemplo, supongamos un arriendo con reajuste anual.
Los tres datos que necesitamos son: el inicio del período de cálculo, el fin del período de cálculo y el monto de dinero de arriendo mensual.
Con esos montos la calculadora de arriendo nos indica que en esos 12 meses el IPC tuvo una variación de tal porcentaje, el que luego aplicaremos a nuestro arriendo. ¡LISTO!
¿Y si el arriendo se reajusta según la UF?
Muchos contratos de arriendo establecen el reajuste de acuerdo a la Unidad de Fomento (UF). Para que esa variación sea más gradual para el arrendatario, se pueden definir períodos en que el precio del arriendo se “congela” en su equivalente en pesos y cada cierto tiempo se reajusta y vuelve a quedar al día con el valor de la UF.
Vamos con un ejemplo concreto: un arriendo de $300.000 con reajuste anual según la UF y que comenzó el 1 de enero de 2021.
- En la práctica, al momento de hacer el contrato se escribe el monto acordado en su equivalente en Unidades de Fomento al día de firma del contrato.
- Si se fijó un precio de arriendo de $300.000 mensuales, lo indicado en el contrato es un arriendo de 10,3201 UF.
- Este valor se mantendrá fijo hasta el momento en que corresponda un reajuste. En este caso a los 12 meses.
- En enero de 2022 el arrendatario deberá comenzar a cancelar el canon reajustado al valor de la UF en ese momento. En enero de 2022, 10,32 UF son el equivalente de $319.878, por lo que ese será el nuevo valor de la renta.
¿Y si el reajuste es trimestral?
- Ya que muchos contratos establecen el cambio de valor del arriendo cada tres meses, queremos dejar clarísimo cómo se hace en estos casos. Ejemplo, un arriendo que comienza en enero de 2021 por $300.000, lo que equivale a 10,32 UF.
- Si se reajusta cada tres meses, ese valor queda congelado en $300.000 durante enero, febrero y marzo de 2021.
- A principios de abril habría que recalcularlo, allí se revisa cuánto son 10,32 UF en abril de ese año, lo que equivale a $303.366. Esa operación se debe hacer cada tres meses.
Recuerda, ante la duda… ¡la calculadora ayuda!
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